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Las Personas de Inter-Orriols

En Fundación Altius Valencia creemos en la dignidad de las personas y hacemos de esta dignidad y del respecto a la igualdad el núcleo de nuestra inteverción.

Para desarrollar el Proyecto Inter-Orriols, Fundación Altius plantea una metodología de intervención inspirada en los siguientes criterios:

 

  1. Que promueva la igualdad de oportunidades (de género, de edad, de nacionalidad, etc.).
  2. Que sea individual, es decir, basada en la centralidad de la persona y sus necesidades.
  3. Que sea flexible, con capacidad de adaptarse a las circunstancias personales de cada participante.
  4. Que sea accesible, es decir, que no requiera competencias y/o capacidades previas excluyentes.
  5. Que promueva el empoderamiento de la persona respecto a su propia situación personal, renunciando al dirigismo tutelar. Esto significa que las decisiones sobre las cuestiones fundamentales planteadas por las personas  las debe tomar la propia persona, especialmente cuando las consecuencias (positivas o negativas) van a recaer sobre ellas misma y sus familiares, para lo cual el técnico especializado debe asegurarse de que informa y asesora de forma eficaz para que el usuario o usuaria pueda tomar la decisión más adecuada (elección informada).
  6. Que facilite, en la medida de lo posible, a la persona adquirir las herramientas y competencias necesarias para tener autonomía (poder hacer sin necesidad de apoyos externos), autodeterminación (poder decidir por sí misma) y la autogestión (saber organizarse para gestionar eficazmente sus necesidades sin ayudas externas).

Perspectiva de género en Inter-Orriols

Se va a incorporar al Proyecto “Inter-Orriols” el enfoque de género a través de una Planificación de Género (basada en el enfoque GED -Genero en Desarrollo-) que permita que las necesidades estratégicas de género estén contenidas tanto en los objetivos previstos del proyecto (para lo cual se introduce esta perspectiva ya en la fase de diagnóstico y se despliega luego en el diseño de las actividades a desarrollar), la selección del perfil de las personas beneficiarias, la previsión de resultados o logros y los indicadores de evaluación (control y seguimiento).

Para garantizar la inclusión de la perspectiva de género en la fase de diseño y ejecución del proyecto, el 54%, como mínimo, de las personas que participen en Proyecto serán mujeres.

Respecto a la propia Fundación Altius, esta dispone de un Plan de Igualdad propio y de acuerdo con la normativa vigente. El Plan de Igualdad contempla y desarrolla una serie de medidas y acciones, que tienen como fines principales la consecución de los siguientes objetivos:

  1. Promover la defensa y aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres, garantizando en el ámbito laboral las mismas oportunidades profesionales en el empleo, selección, retribución, formación, desarrollo, promoción y condiciones de trabajo.
  2. Promover y mejorar las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad. Eliminar toda manifestación de discriminación en la promoción interna y selección con objeto de alcanzar una representación equilibrada de la mujer en la plantilla.
  3. Garantizar la ausencia de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, nacionalidad o condición personal y, especialmente las derivadas de la maternidad, paternidad, la asunción de obligaciones familiares, el estado civil y condiciones laborales.
  4. Prevenir el acoso sexual y acoso por razón de sexo nacionalidad o condición personal, implantando un código de conducta que proteja a todos los empleados y empleadas de ofensas de naturaleza sexual, xenófobas o por condición personal.

5.Promover mediante acciones de comunicación y formación la igualdad de oportunidades en todos los niveles organizativos de Fundación Altius España.

 De lo anterior se desprende que cualquier persona puede acceder al programa independientemente de sexo, raza o creencia. Los beneficiarios vienen derivados de servicios sociales y de entidades sociales con las que colaboramos en redes y plataformas.

Se da la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, en todos los ámbitos del proyecto. En todas las actividades del proyecto se adoptan las medidas específicas necesarias destinadas a eliminar las desigualdades de hecho por razón de sexo que pudieran existir en los diferentes ámbitos; con especial atención al uso no sexista del lenguaje y a garantizar y promover la utilización de una imagen de las mujeres y los hombres, fundamentada en la igualdad de sexos y el respeto a la persona y la protección a las personas LGTBI.

Velamos, en la medida de nuestras posibilidades, por la adopción de las medidas necesarias para permitir la compatibilidad entre responsabilidades familiares y personales de los beneficiarios con el proyecto.

La igualdad de oportunidades, pilar exigido por el principio de no discriminación (art. 13 del Tratado de Amsterdam) se incorpora en todas las actividades del proyecto

Además, el proyecto reconoce la maternidad y la paternidad, biológica o no biológica, como un valor social, evitando los efectos negativos en los derechos de las mujeres.

Como veíamos anteriormente, desde el punto de vista metodológico el Proyecto “Inte-Orriols” incorpora de forma transversal la perspectiva de género. Esto significa, como hemos visto, que en la propia planificación se va incorporar el principio de igualdad efectiva de género desde la misma fase de diseño.

Esta perspectiva se incorpora, por lo tanto y como hemos señalado anteriormente, a:

– la recogida y análisis de la información;

– la identificación diferenciada de las necesidades, las demandas y los intereses de hombres y mujeres;

– la selección de las personas participantes, promoviendo un mayor acceso de mujeres, para contrarrestar el factor “feminización y juvenización” de la pobreza;

– las vías y el nivel de acceso al proyecto de hombres y mujeres;

– la identificación de discriminaciones, desigualdades y factores de desigualdad entre hombres y mujeres que puedan darse en la ejecución del proyecto;

– la incorporación en todas la actividades y acciones de la perspectiva de género;

– el compromiso para garantizar las mismas oportunidades de participación en el proyecto;

– el apoyo a la visibilización y la participación de las mujeres;

– el uso no sexista del lenguaje escrito y verbal en el proyecto;

– la identificación de roles, estereotipos y mitos sexistas y su reeducación mediante acciones transversales de carácter educativo (por ejemplo, en los talleres);

– la potenciación de la corresponsabilidad;

– hacer del proyecto un espacio seguro, amable, acogedor, libre de discriminación y de violencia de cualquier tipo.

Perspectiva de los derechos de la infancia

Durante el diseño, la planificación y la ejecución de Proyecto Inter-Orriols se ha aplicado un Enfoque Basado en los Derechos de la Niñez (EBDNi) como marco teórico y operativo para garantizar que nuestras acciones cumplan con las disposiciones y estándares contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).

En este sentido, tomando como referencia la Convención sobre los Derechos del Niño, el proyecto reconoce a niños, niñas y adolescentes como “sujetos de derechos y actores sociales que pueden intervenir mediante el ejercicio de su derecho a la participación, en todos los espacios sociales en los cuales estos se desenvuelven, siendo estos la familia, la escuela, la comunidad y otros”.

Proyecto Inter-Orriols incorpora esta perspectiva y hace a los niños, niñas y adolescentes de las familias que participan co-protagonistas en el proceso de trabajo y, por lo tanto, protagonistas de su propio desarrollo, potenciando sus capacidades y reconociéndolos como “sujetos activos en la exigibilidad de sus derechos”.

Por otro lado, y siguiendo los cuatro principios rectores de la citada convención, proyecto “Inter-Orriols” incorpora a su metodología de trabajo los siguientes principios operativos:

1.      No discriminación (art. 2), lo que se garantiza en el proyecto de dos maneras: metodológicamente mediante la incorporación de menores y adolescentes como participantes activos en el proyecto; introduciendo la perspectiva generacional como elemento estratégico en la definición de los objetivos definidos en el proyecto.

2.      Interés superior del niño (art. 3), lo que supone que durante la ejecución del proyecto prevalecerán sobre cualquier otro interés los derechos de las niñas, niños y adolescentes, tanto durante el desarrollo del proyecto como a la hora de tomar cualquier decisión, diseñar cualquier herramienta…

3.      Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (art. 6), entendidos en un sentido estricto y también amplio. En la medida en que Proyecto Inter-Orriols tiene como finalidad crear un entorno relacional afectivo, el proyecto contribuirá a generar, como señala la citada convención, un “un entorno propicio para asegurar el desarrollo físico, psicológico, moral, social y espiritual de la niñez y la adolescencia”.

4.      Principio de participación (arts. 12, 13, 14 y 15). La participación supone que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la libertad de expresar su opinión sobre cuestiones que afecten su vida social, económica, religiosa, cultural y política. En este sentido, proyecto Inter-Orriols establece los mecanismos necesarios para garantizar el derecho a la participación de los niños, niñas y adolescentes de todos los grupos culturales que integran Orriols.